CARTA DE DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS DE LA JUSTICIA
Todas las personas pueden exigir el respeto de los siguientes derechos
Derecho a un trato digno
Toda persona tiene derecho a ser tratada con dignidad, respeto e igualdad
por las autoridades y funcionarios del Poder Judicial, sin distinción de
raza, género,religión, opinión política, nacionalidad, origen social,
posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Derecho a la transparencia y acceso a la información
Toda persona tiene derecho a conocer la información relativa al Poder
Judicial, como la del contenido y estado de los procesos, accediendo
a documentos, libros, archivos y registros que no tengan carácter
reservado según la Constitución y la ley.
Derecho a la confidencialidad de la información sobre su vida privada
Toda persona tiene derecho a exigir reserva de la información que
proporcione a los funcionarios y autoridades del Poder Judicial y
que pertenezca a su esfera privada, salvo aquella que por ley deba
ser puesta a disposición de las partes o terceros.
Derecho a expresar su opinión sobre la calidad de la atención brindada
Toda persona tiene derecho a formular consultas, reclamos, felicitaciones
o sugerencias relativas al funcionamiento y a la calidad de la atención
recibida, y a ser informado respecto del procedimiento a seguir ante
dichas consultas, reclamos, felicitaciones o sugerencias.
Derecho a incurrir en los menores costos económicos posibles
Toda persona tiene derecho a que su comparecencia personal ante los
órganos y tribunales que integran el Poder Judicial sea lo menos
gravosa posible. Toda persona tiene derecho a disponer gratuitamente
de los formularios que se necesiten para el ejercicio de sus derechos ante
los tribunales cuando no se ordene obligatoriamente la intervención de
abogado u otro profesional.
Derecho a ser informada con un lenguaje sencillo y preciso
Toda persona tiene derecho a obtener información clara, completa, veraz
Toda persona tiene derecho a obtener información clara, completa, veraz
y actualizada sobre el estado de su trámite, en un lenguaje sencillo y
preciso. Del mismo modo, toda persona tiene derecho a que las
notificaciones, citaciones, emplazamientos, requerimientos y otras
comunicaciones contengan términos sencillos y precisos y a que las
sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de tal forma que
sean comprensibles para sus destinatarios.
Derecho a conocer la institución
Toda persona tiene derecho a recibir información general y actualizada
sobre el funcionamiento del Poder Judicial y sobre las características y
requisitos genéricos de los distintos procedimientos judiciales y
administrativos en que deba o pueda participar. Asimismo, toda
persona tiene derecho a conocer el horario de atención al público de
dichas instituciones, el que deberá encontrarseen un lugar visible y
accesible.
Derecho a la identificación del funcionario o autoridad que le atiende
Toda persona tiene derecho a conocer la identidad y categoría de la
autoridad o funcionario que le atienda.
Derecho a una respuesta oportuna
Toda persona tiene derecho a recibir respuesta oportuna a las
Toda persona tiene derecho a recibir respuesta oportuna a las
peticiones que formule respetuosamente. Las presentaciones
judiciales serán proveidas y las resoluciones judiciales serán
dictadas en un plazo razonable.
Derecho a la puntualidad en su atención
Toda persona tiene derecho a exigir que las actuaciones judiciales
o en las que se solicite su comparecencia se celebren con puntualidad.
A todas las personas se les puede exigir
Deber de respeto
Deber de respeto
Toda persona tiene el deber de respetar a los funcionarios y
autoridades que le atienden, respetar los procedimientos y
horarios dispuestos para su atención y no dañar los bienes y
dependencias que se ponen a disposición del público.